Gabo, el léxico y el deber de precisión del jurista
- Glênio S. Guedes
- 17 ago 2025
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 2 sept 2025
La lexicographie, la terminologie et la sémantique sont des disciplines voisines à la fois précieuses et périlleuses pour la lexicologie. - ELUERD, Roland. La lexicologie. Paris: PUF, 2000. (Que sais-je?).
Mi pasión por los diccionarios es algo que la inteligencia artificial jamás podrá sustituir. Defenderé siempre el placer táctil de tenerlos en mis manos, de hojearlos sin un rumbo fijo. Y mi primer gran encuentro en Colombia no fue con una persona, sino con una obra magnífica: el Vocabulario Jurídico Etimológico de Carlos Duque Certuche. Su motivación, expuesta en la presentación, resonó conmigo de inmediato; el autor confiesa que la idea surgió al advertir, como juez y docente, “la deficiencia de los abogados, jueces, fiscales y alumnos en la ubicación y claridad de los conceptos sobre diferentes expresiones de uso diario en la labor jurídica”. Esta honesta preocupación por la precisión es lo que da valor a su trabajo y me transportó de inmediato a un clásico de mi formación en Brasil, el indispensable Vocabulário Jurídico de De Plácido e Silva.
Esta fascinación personal tiene un nombre académico: las ciencias del léxico. Este campo agrupa disciplinas como la Lexicología, que estudia la palabra y la estructura del léxico; la Lexicografía, que es la ciencia de elaborar diccionarios; y la Terminología, que se ocupa de los léxicos específicos de cada área del conocimiento, como la nuestra. Estas ciencias nos enseñan que el trabajo con las palabras puede seguir dos caminos opuestos: los lexicógrafos parten del término para llegar al concepto (proceso semasiológico), mientras que los terminólogos —como idealmente deberíamos ser los juristas— parten del concepto para asignarle una denominación precisa (proceso onomasiológico).
La importancia de esta tarea no es un mero capricho de académicos. Uno de los mayores escritores de Colombia, Gabriel García Márquez, en un prólogo memorable a un diccionario, elevó este objeto a una categoría casi mítica. Contaba Gabo que, tras un episodio de infancia, su abuelo le mostró un diccionario y le dijo que esos libros “tienen que sostener el mundo”. Para él, fue como “asomarme al mundo entero por primera vez”. Gabo entendió que las palabras no son entes muertos, sino que su vitalidad proviene “de la gente en la calle”, y que los buenos diccionarios son aquellos que salen a buscarlas en su hábitat natural.
Entonces, ¿por qué son tan cruciales estas ciencias y esta visión para nosotros, los juristas? Porque un jurista no es más que un “pragmosemanticista”: un profesional que se dedica a la aplicación práctica (pragmática, que considera el sentido de las palabras según su contexto de uso y factores extralingüísticos, lo que, por cierto, es fundamental para la Hermenéutica Jurídica) de significados precisos (semántica).
Nuestra “ciencia del Derecho” exige precisión y elegancia, dos cualidades que dependen directamente de nuestro dominio del lenguaje. Como bien nos recuerda De Plácido e Silva, el insigne jurista brasileño Rui Barbosa ya advertía que el estilo legislativo debe ser “sóbrio, seguro e casto”, evitando la impropiedad y la confusión. Cada expresión en nuestra terminología técnico-jurídica es una “síntese do conceito” que define una institución. La palabra se convierte en un símbolo lógico, y su uso incorrecto no es unsimple error gramatical; es una falla que genera “mal-entendidos” y, en última instancia, injusticia. Cuando confundimos “dilatación”, “prórroga” y “renovación” de un plazo, no estamos cometiendo un desliz estilístico, sino alterando derechos y obligaciones procesales.
En un mundo que se inclina por la rapidez de la consulta digital, volver a las fuentes, a los grandes vocabularios jurídicos y a las lecciones de nuestros maestros, es un acto de resistencia y de responsabilidad profesional. Nuestra labor es definir derechos, imponer deberes y resolver conflictos. La materia prima para todo ello es la palabra. Cuidarla con el rigor de un científico y la pasión de un artesano no es una opción, sino nuestro deber fundamental.
Referencias
Biderman, M. T. C. (1998). As ciências do léxico. En A. M. P. P. de Oliveira & A. N. Isquerdo (Orgs.), As ciências do léxico: Lexicologia, lexicografia, terminologia (pp. 11- 20). Editora UFMS.
Certuche, C. D. (2017). Vocabulario jurídico etimológico (Tomo I). Ediciones Nueva Jurídica.
Eluerd, R. (2000). La lexicologie. Presses Universitaires de France.
García Márquez, G. (2010). Prólogo. En Diccionario Clave.
Silva, D. P. e. (n.d.). Vocabulário jurídico (22.ª ed.). Forense.


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