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Una Obra Cimera para la Dogmática: Proyecciones a Partir del "Régimen Disciplinario de las Profesiones"

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    gleniosabbad
  • 6 oct 2025
  • 4 Min. de lectura

Por Glênio S Guedes ( abogado )

 

En la trayectoria evolutiva de las disciplinas jurídicas, surgen de tanto en tanto obras que no se limitan a describir el estado de la cuestión, sino que marcan una verdadera transición de fase, inaugurando un nuevo horizonte de comprensión. El tratado "Régimen Disciplinario de las Profesiones" del jurista Rafael Aranzález García es, sin lugar a equívocos, una de esas obras seminales. Nos encontramos, pues, ante una investigación de hondo calado que viene a colmar un vacío doctrinal largamente sentido, erigiéndose como un hito insoslayable en la construcción de una dogmática para el ejercicio del poder disciplinario sobre las profesiones liberales.

Los Pilares Dogmáticos de la Investigación

La excelsa factura de la obra se cimienta sobre una estructura que merece ser destacada: un diagnóstico certero, un rigor dogmático de alcance universal y una visión humanista que enriquece el análisis jurídico.

  1. El Diagnóstico Valiente y Necesario: El aporte capital de Aranzález es la identificación y denuncia de una patología sistémica que él denomina, con una metáfora de una lucidez palmaria, el "naufragio de la tipicidad". La investigación devela, con un método sistemático e irrefutable, cómo la mayoría de los estatutos profesionales carecen de un catálogo de faltas descrito con la taxatividad que exige el principio de legalidad estricta. En su lugar, el reproche disciplinario se fundamenta en la transgresión de conceptos jurídicos indeterminados y cláusulas abiertas como la "ética" o la "moral", abriendo con ello un peligroso espacio a la discrecionalidad del operador disciplinario y dejando al profesional en un estado de indefensión inaceptable en un Estado de Derecho.

  2. La Construcción Dogmática de Alcance Universal: Si la primera parte de la obra es la diagnosis, la segunda constituye la edificación del andamiaje teórico de la responsabilidad. El autor acomete con magisterio la tarea de desentrañar los tres componentes estructurales e integradores de la imputación: la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad. Su defensa a ultranza de la necesaria concurrencia de estos tres elementos para legitimar una sanción —calificando su ausencia como un "tríptico de la infamia"— es un postulado que trasciende las fronteras colombianas para convertirse en un recordatorio universal de las garantías que deben rodear todo ejercicio del ius puniendi estatal.

  3. Un Puente Epistemológico entre el Derecho y las Humanidades: La obra se aparta de la aridez positivista para entablar un diálogo fecundo con la filosofía, la literatura y la historia. Esta aproximación interdisciplinaria no es un mero adorno estilístico, sino una necesidad metodológica para comprender la potestad sancionadora como un fenómeno complejo e inmerso en la cultura. La "conciencia escritural" que el autor se impone se traduce en una prosa diáfana que, sin sacrificar la hondura conceptual, logra comunicar sus ideas a un público que desborda el círculo de los juristas.

Proyecciones y Diálogos Futuros a Partir de una Obra Faro

Una investigación de esta envergadura no cierra el debate; por el contrario, lo eleva y lo provoca. Las siguientes proyecciones no son, pues, señalamientos de ausencias, sino invitaciones a expandir las fronteras del conocimiento que este mismo trabajo ha inaugurado:

  1. El Imperativo del Derecho Comparado: Si bien la obra se centra con acierto en la realidad colombiana —ese nicho sui generis del derecho disciplinario—, un futuro desarrollo se vería inmensamente enriquecido con un "diálogo de ida y vuelta" con las realidades normativas y dogmáticas de otros sistemas jurídicos, como el brasileño, el español o el alemán.

  2. El Desafío de las Nuevas Tecnologías: Sería de sumo interés ver al autor enfrentar los dilemas que imponen la inteligencia artificial y las redes sociales a la deontología profesional, un reto mayúsculo para estatutos disciplinarios decimonónicos en un mundo que avanza a una aceleración exponencial.

  3. La Culpabilidad Profesional frente a la Falla Sistémica: Un corolario natural a su brillante capítulo sobre la culpabilidad sería profundizar en la delicada frontera que separa el error individual del profesional de las fallas sistémicas que lo propician (presiones institucionales, carencia de medios, etc.), para modular así el juicio de reproche.

  4. La Pluralidad Sancionatoria y el Principio Non Bis in Idem: La "pesada carga" que soporta el profesional, sujeto a múltiples sanciones (disciplinarias, penales, civiles) por un mismo hecho, merece un análisis profundo sobre los alcances del principio non bis in idem en este contexto, buscando fórmulas de coordinación o proporcionalidad entre las distintas manifestaciones del ius puniendi.

  5. El Nudo Gordiano de la Prueba Trasladada: Dado el compromiso irrestricto del autor con el debido proceso, su análisis sobre el espinoso asunto de la prueba trasladada —sus límites y condiciones de validez en el proceso disciplinario— aportaría una luz muy necesaria sobre este nudo gordiano del derecho probatorio.

  6. El Lugar de la Víctima en el Proceso Disciplinario: Finalmente, una frontera de investigación casi inexplorada es el papel y los derechos del cliente o la víctima dentro del proceso disciplinario. Indagar sobre la posible función reparatoria de este, más allá de su naturaleza puramente punitiva, sería una contribución paradigmática.

A Manera de Cierre

La obra de Rafael Aranzález García es un acontecimiento doctrinal. Se trata de un tratado fundamental que está llamado a convertirse en texto de obligatoria consulta para la nueva generación de disciplinaristas y para todo aquel que se interese por los linderos y garantías del poder sancionador. Es, en definitiva, una de esas obras faro que no solo iluminan el presente, sino que marcan la senda del porvenir.

 
 
 

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