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Entre el rigor de la lógica y el torrente de la vida: La redención de la realidad en Franz Bydlinski

  • Foto del escritor: gleniosabbad
    gleniosabbad
  • 16 dic 2025
  • 4 Min. de lectura

Por Glênio S Guedes ( abogado de Brasil )


Introducción: El caos teórico y la defensa de la razón


Escribir sobre el método jurídico en tiempos de incertidumbre es, ante todo, un acto de resistencia. En el umbral de su obra fundamental, Franz Bydlinski nos dibuja un escenario turbulento, marcado por lo que él denomina una "monstruosa inundación de papel" (ungeheuren Papierflut), ese diluvio que anegó la teoría del derecho en la segunda mitad del siglo XX. La Dogmática Jurídica —aquella ciencia milenaria encargada de interpretar y aplicar la ley— se hallaba entonces asediada por una "crítica global" (Globalkritik); era el blanco de sociólogos, lógicos y teóricos políticos que, con dedo acusador, cuestionaban su carácter científico y hasta su propio "derecho a existir" (Existenzberechtigung).

Sin embargo, Bydlinski no escribe desde la distancia gélida del filósofo de gabinete, sino que asume la trinchera del "dogmático jurídico normal", aquel preocupado por defender la racionalidad del "trabajo jurídico práctico" (praktischen juristischen Arbeit) frente a la disolución teórica. Su propósito es nítido: demostrar que la búsqueda de la justicia en el caso concreto no es un acto de adivinación mística, ni tampoco una simple ecuación matemática, sino una ciencia que conjuga la razón con la valoración humana.


1. Lo que es (y lo que no es) la Ciencia del Derecho


Para desbrozar el camino, Bydlinski define la Rechtsdogmatik —o Jurisprudencia en sentido estricto— por su función única e insustituible. Es la disciplina llamada a responder aquella pregunta fundamental que resuena en los tribunales: "¿Qué es el derecho válido, aquí y ahora, para esta situación concreta?".

Pero para comprender su esencia, es menester entender primero lo que no es. Bydlinski libra batallas en dos frentes opuestos:


  • Contra el Realismo y el Empirismo: Rechaza con vigor la idea, defendida por autores como Hans Albert, de que la ciencia jurídica deba ser "neutral en valores" (wertungsfrei) o limitarse a predecir el comportamiento de los jueces. Tratar el derecho como si fuese un pronóstico meteorológico —"hay un 80% de probabilidad de que el juez decida X"— es ignorar la naturaleza normativa de la disciplina. El jurista no pregunta cómo decidirá el juez, sino cómo debe decidir.

  • Contra el Irracionalismo Hermenéutico: En diálogo con Josef Esser, Bydlinski admite que el juez posee una pre-comprensión (Vorverständnis) y corazonadas sobre el caso. No obstante, niega que el método jurídico sea apenas una racionalización a posteriori de sentimientos subjetivos. La dogmática sirve para ofrecer "ayuda y control" (Hilfe und Kontrolle). Si la intuición de justicia no puede sostenerse mediante argumentos racionales y sistémicos, debe ceder. El método es el dique que separa la decisión legítima del puro arbitrio.


2. La "Alquimia Jurídica": La fusión entre el Ser y el Deber Ser


Uno de los puntos culminantes en el pensamiento de Bydlinski es su superación crítica del positivismo estricto de Hans Kelsen. Para nuestro autor, el intento de Kelsen de purificar el Derecho de cualquier elemento de la realidad fáctica (Sein) condena a la jurisprudencia a un "destino trágico" (traurigen Schicksal) de esterilidad.

La aplicación del derecho (Rechtsanwendung) resulta imposible sin que la norma se deje contaminar por los hechos. Bydlinski ilustra esto con una lógica irrefutable: imaginemos una norma que prohíbe el uso de sustancias nocivas para la salud en los alimentos. La norma (el Deber Ser) permanece vacía sin el auxilio de la ciencia. Es necesario que la medicina o la química (ciencias del Ser) dictaminen: "La sustancia X es nociva". Solo al unir la norma abstracta con el hecho científico surge la norma concreta: "La sustancia X está prohibida". Así, la Dogmática Jurídica no puede habitar en una torre de marfil; debe integrar enunciados de hecho (Tatsachenaussagen) para tener utilidad en el mundo de los vivos.


3. "La Naturaleza de la Cosa": Cuando la realidad dicta la regla


Si el Derecho necesita de los hechos, Bydlinski da un paso más allá y recupera el concepto de "Naturaleza de la Cosa" (Natur der Sache), despojándolo de misticismos metafísicos para transformarlo en una herramienta metodológica.

La "Naturaleza de la Cosa" se refiere a las estructuras de la realidad (Sachstrukturen) y a las finalidades inherentes a ciertas relaciones vitales. El argumento es que ciertas reglas jurídicas no son invenciones arbitrarias del legislador, sino consecuencias lógicas de la propia estructura del mundo.

El ejemplo predilecto de Bydlinski es el de las reglas del esquí (Schiregeln): la norma que dicta que "el esquiador que viene de atrás debe evitar la colisión con el que va adelante" no necesita estar escrita en un código para ser válida. Emana de la física (la velocidad) y de la biología (el campo visual humano es frontal). La estructura del hecho —quien está detrás ve, quien está adelante no— dicta la distribución del deber de cuidado.

De igual manera, instituciones como la escuela o la familia poseen una lógica interna. La "naturaleza" de la relación entre maestro y alumno, o entre madre e hijo, impone deberes de colaboración y cuidado que el Derecho simplemente reconoce y sanciona.


Conclusión


La obra de Franz Bydlinski permanece como un monumento a la sensatez jurídica. Al rechazar tanto el formalismo ciego como el realismo cínico, propone una Jurisprudencia de los Valores (Wertungsjurisprudenz) que es, al mismo tiempo, rigurosa y abierta al mundo. Para Bydlinski, la ciencia del derecho alcanza su cumbre no cuando se aísla en conceptos abstractos, sino cuando logra leer en la estructura de la realidad la solución más justa, demostrándonos que, entre la frialdad de la Lógica y el calor de la Vida, no debe abrirse un abismo, sino tenderse un puente.


Bibliografía

BYDLINSKI, Franz. Juristische Methodenlehre und Rechtsbegriff. 2. ergänzte Auflage (Zweite, ergänzte Auflage). Wien/New York: Springer-Verlag.

 
 
 

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