Ruptura, obstáculo y rectificación: la actualidad de Bachelard para la epistemología jurídica
- gleniosabbad
- 8 feb
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Por Glênio S Guedes ( abogado de Brasil )
Hay momentos en que el derecho parece una arquitectura antigua: columnas firmes, conceptos solemnes, categorías que han sobrevivido siglos. Y, sin embargo, basta una mirada más atenta para advertir que esos pilares no descansan sobre roca eterna sino sobre capas sucesivas de interpretación, historia y disputa.
Es en ese punto donde la lección de Bachelard se vuelve decisiva.
La ciencia —nos enseñó— no nace de la evidencia sino contra ella. No es prolongación del sentido común; es su interrupción. Allí donde creemos ver claridad, la epistemología descubre un obstáculo. Allí donde suponemos continuidad, ella exige ruptura.
Trasladada al derecho, esta idea adquiere una fuerza inesperada.
Durante mucho tiempo se pensó que bastaba aplicar un método para garantizar la cientificidad del saber jurídico. Se habló de neutralidad, de objetividad, de pureza conceptual. Pero esa confianza en el método, cuando se vuelve automática, degenera en ritual. El método deja de ser instrumento crítico y se convierte en escudo.
El derecho, como disciplina, no describe fenómenos naturales ni formula leyes causales. No predice con la precisión de la física ni verifica hipótesis en laboratorios. Opera, más bien, en el terreno de la imputación normativa: vincula actos con consecuencias jurídicas, no por necesidad natural sino por decisión institucional.
Esta diferencia es crucial.
Si el objeto de las ciencias naturales es el movimiento de los cuerpos, el objeto del conocimiento jurídico no es el hecho bruto, ni la pulsión psicológica, ni el dato empírico en estado puro. Es la significación normativa atribuida a una conducta. El jurista no observa “desde fuera” como el físico; interpreta desde dentro de un orden que ya lo implica.
Pero precisamente por eso el derecho corre un riesgo mayor: el de naturalizar sus propias construcciones.
Conceptos como contrato, propiedad, culpa o responsabilidad suelen presentarse como si fueran evidencias transparentes. Se olvidan sus condiciones históricas de formación, sus presupuestos culturales, sus luchas silenciosas. Se vuelven obvios. Y lo obvio, diría Bachelard, es el primer enemigo del pensamiento científico.
El obstáculo epistemológico en el derecho no es solo la ignorancia; es la familiaridad. Es la confianza excesiva en categorías que ya no interrogamos. Es la tentación de creer que la norma “habla por sí misma”.
A ello se suma otro peligro: el cientificismo. Cuando el derecho busca legitimarse imitando los modelos de las ciencias empíricas, adopta un lenguaje de previsión y cálculo que no le pertenece. Se confunde la racionalidad normativa con la causalidad natural. Se olvida que una decisión jurídica no es el efecto necesario de una causa, sino el resultado de una interpretación situada.
De allí la importancia de una vigilancia epistemológica.
El derecho necesita una crítica constante de sus propios conceptos. Necesita examinar la manera como construye su objeto. Necesita reconocer que sus métodos no son dados por la naturaleza sino elaborados históricamente. Cuando el discurso jurídico se justifica solo por su coherencia interna, corre el riesgo de caer en una autología: un sistema que se explica a sí mismo sin abrirse a la revisión.
Bachelard no nos ofrece una técnica de interpretación normativa. Nos ofrece algo más exigente: una ética del pensamiento. Nos recuerda que todo saber auténtico implica rectificación. Que la verdad no es acumulación, sino corrección de errores. Que la apertura metodológica no es debilidad, sino condición de madurez intelectual.
En el derecho, esa apertura significa aceptar que ninguna categoría es definitiva, que ninguna teoría es inmune a la crítica, que ninguna tradición está exenta de revisión. Significa comprender que el orden jurídico no es un reflejo pasivo de la realidad, sino una construcción que debe justificarse una y otra vez.
La epistemología jurídica inspirada en Bachelard no pretende convertir al jurista en científico experimental. Lo invita a convertirse en pensador vigilante. A sospechar de la comodidad conceptual. A desconfiar de la neutralidad proclamada. A examinar las condiciones bajo las cuales produce conocimiento.
Tal vez allí radique su vigencia.
En tiempos en que el derecho oscila entre el tecnicismo frío y la retórica ideológica, la lección de la ruptura sigue siendo urgente. No para destruir el edificio jurídico, sino para impedir que se vuelva un templo de evidencias incuestionadas.
Bachelard nos enseñó que la ciencia avanza cuando tiene el coraje de romper con lo que parecía seguro. El derecho, si quiere conservar su dignidad racional, debe aprender también ese gesto.
No se trata de abandonar la tradición, sino de examinarla. No de negar el método, sino de someterlo a crítica. No de despreciar la norma, sino de comprender que su sentido no está dado de una vez para siempre.
En el fondo, la utilidad de Bachelard para la epistemología jurídica consiste en recordarnos algo sencillo y exigente: pensar es siempre comenzar de nuevo. Es ejercer la crítica incluso frente a lo aparentemente consolidado, es abrir espacio a la rectificación, es tener la valentía intelectual de formular la pregunta decisiva: ¿por qué no?


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